¿Puede un sólo cónyuge declararse en bancarrota?
- 4 abr 2019
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A menudo me reúno con parejas casadas y muchas veces me preguntan: “¿Estamos ambos obligados a declararnos en bancarrota?” La respuesta a esa pregunta depende de diversas variables y, por lo tanto, por lo general digo “depende”.
Si ambos cónyuges tienen una deuda significativa, ya sea conjunta o individualmente, por lo general, ambos cónyuges se declaran en quiebra conjuntamente.
Si toda, o un porcentaje significativo, de la deuda está a nombre de un solo cónyuge, podría tener sentido que sólo ese cónyuge se declare en bancarrota. Esto sería especialmente cierto si el cónyuge que no presenta la declaración posee individualmente una propiedad significativa que terminaría estando no exenta en la quiebra.

Si los cónyuges poseen conjuntamente una propiedad importante con capital no exento y sólo uno de ellos tiene deuda, sería lógico que dicho cónyuge se declarara en quiebra de manera individual, ya que podría resultar en que una menor cantidad del capital no exento esté disponible para los acreedores en la quiebra
Si el ingreso bruto familiar combinado supera el umbral de la Prueba de Medios, podría tener sentido que sólo un cónyuge se declare en quiebra, ya que la Prueba de Medios se basaría entonces en los ingresos brutos del cónyuge que presenta la declaración y en el ingreso neto del cónyuge que no presenta la declaración. Esto sería especialmente cierto si el cónyuge que no presenta la declaración no tiene mucha deuda a su nombre y/o tiene ingresos brutos significativos, pero también tiene importantes deducciones de nómina (impuestos, manutención de los hijos, seguro, jubilación, etc.).
Aunque es raro, incluso hay situaciones en las que un cónyuge presenta una bancarrota del capítulo 7, mientras que el otro cónyuge presenta una quiebra del capítulo 13.
Si no está seguro de si tiene sentido que usted y su cónyuge se declaren en bancarrota, reúnase con un abogado para averiguar cuáles son sus opciones.







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